El Gobierno creó el Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores
Se trata del nuevo régimen previsto en la Ley Bases que permite que un empleado monotributista o autónomo pueda contratar hasta tres personas sin relación de dependencia. Cómo inscribirse.
El Gobierno nacional oficializó la creación del Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores, un régimen previsto en la Ley Bases que habilita a que un empleado monotributista o autónomo pueda contratar hasta tres personas sin relación de dependencia.
La medida fue oficializada este viernes en el Boletín Oficial, mediante la resolución general 5599/2024, publicada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) -ex-AFIP-.
Qué es el Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores y cómo inscribirse
La titular de la ARCA, Florencia Misrahi, firmó la resolución que en el artículo 1 establece la creación de “servicio denominado ‘Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores’ (PADIC), en el que deberán registrarse las relaciones entre los trabajadores independientes y los colaboradores independientes que se encuadren en el régimen previsto en el Capítulo IV del Título V” de la Ley de Bases.
Al respecto, se aclaró que las personas declaradas como “trabajadores independientes podrán contar con un total de hasta tres colaboradores independientes, de forma simultánea, para llevar adelante uno o más emprendimientos productivos”.
Además, se determinó que “el colaborador independiente podrá realizar actividades de forma concurrente y tendrá la libertad de mantener simultáneamente contratos de colaboración, de trabajo o de provisión de servicios con otros contratantes”.
Para registrar la relación en el “PADIC”, previo a la prestación de tareas por parte de los colaboradores, los trabajadores independientes deberán ingresar a dicho servicio -disponible en el sitio web institucional-, con Clave Fiscal habilitada con Nivel de Seguridad 3 como mínimo.
Una vez realizado el ingreso, se deberá crear el nuevo emprendimiento productivo a través de la opción “Agregar Emprendimientos”, informando -con carácter de declaración jurada- los siguientes datos:
- Nombre de fantasía del emprendimiento.
- Fecha de inicio del emprendimiento.
- Fecha de finalización, de corresponder.
- Domicilio de desarrollo de la actividad, de corresponder.
- Actividad.
- Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de los colaboradores independientes.
De acuerdo con el artículo 3 de la resolución, luego de registrar los datos, “los trabajadores independientes y sus colaboradores independientes recibirán una notificación en su respectivo Domicilio Fiscal Electrónico, informando la identificación asignada al emprendimiento productivo en el ‘PADIC’, denominada ‘CÓDIGO PADIC’”.
Una vez que el trabajador independiente completó los datos, los colaboradores tendrán un plazo de 72 horas desde la recepción de la notificación en su Domicilio Fiscal Electrónico, para dar continuidad al trámite.
Al respecto, se detalló que los colaboradores deberán “ingresar en el ‘PADIC’ con Clave Fiscal y confirmar o rechazar su participación en el emprendimiento productivo”.