Blanqueo: el Gobierno nacional amplió el marco normativo para la regularización de activos
El Ejecutivo lo dividió en tres etapas, cada una con un plazo específico para adherirse, pagar un impuesto especial y presentar una declaración jurada.
En las últimas horas, el Gobierno nacional amplió el marco normativo para la regularización de activos, más conocido como blanqueo. Fue vía Decreto e introdujo un conjunto de medidas fiscales destinadas a regularizar activos y establecer un régimen especial para el impuesto sobre los Bienes Personales.
Por medio del 773/2024 publicado en el Boletín Oficial este viernes, se recordó que dicho régimen está diseñado para los residentes fiscales en la Argentina al 31 de diciembre de 2023 y también se extiende a las personas que anteriormente fueron residentes fiscales, aunque ya no lo sean.
De esa manera el Gobierno volvió a invitar a los contribuyentes a declarar bienes o activos que no han sido reportados previamente al fisco, ofreciéndoles la posibilidad de ponerse al día con sus obligaciones fiscales.
El Decreto marca tres etapas clave para el blanqueo, cada una con requisitos específicos que incluyen la manifestación de la adhesión al régimen, la realización de un pago adelantado obligatorio, la presentación de una declaración jurada y el pago de un impuesto especial conocido como "impuesto de regularización".
Este impuesto varía según la etapa en la que el contribuyente decida regularizar sus activos, siendo las etapas una suerte de escalonamiento temporal donde se aplican diferentes alícuotas o tasas impositivas.
Por otro lado, la Ley también crea un Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP). Este régimen está disponible para las mismas personas que pueden acceder al Régimen de Regularización de Activos, es decir, residentes fiscales en Argentina al 31 de diciembre de 2023 y personas que fueron residentes fiscales anteriormente.
El REIBP tiene como propósito facilitar el pago del Impuesto sobre los Bienes Personales, permitiendo que los contribuyentes que regularicen sus bienes dentro de este esquema se beneficien de un tratamiento fiscal particular.
Una parte clave de este régimen especial es que se establece un impuesto adicional sobre las donaciones y otros tipos de "liberalidades" (es decir, transferencias de bienes o dinero sin recibir una contraprestación equivalente). Este impuesto aplica a aquellos que acepten o adquieran, antes del 31 de diciembre de 2027, una donación o un bien por un valor inferior a su valor de mercado de un contribuyente que no haya adherido al Régimen. Esto quiere decir que, si una persona recibe un bien donado de alguien que no ha regularizado su situación fiscal, el receptor podría tener que pagar un impuesto adicional si la donación se considera que está por debajo del valor de mercado.
El decreto también introduce modificaciones y detalles adicionales al régimen original, como la inclusión de obras en construcción y mejoras en la regularización de bienes inmuebles, la definición de quiénes son considerados "parientes a cargo" desde el punto de vista fiscal, y cómo se deben tratar las obligaciones fiscales en disputa en diferentes instancias administrativas o judiciales.
Finalmente, el texto oficial aborda la forma en que deben realizarse los pagos en el marco del REIBP, incluyendo cómo se convierte la base imponible de los bienes regularizados a pesos argentinos utilizando el tipo de cambio del dólar estadounidense al valor del último día hábil anterior a la presentación de la declaración jurada.