La Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP) reveló que el próximo viernes 19 de julio comunicará en qué se pueden invertir los dólares adheridos al Régimen de Regularización de Activos —o más conocido como "blanqueo"—  contemplado en la Ley 27.743 denominada "Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes".

Este miércoles, el Gobierno comunicó en el Boletín Oficial la medida dirigida tanto a los residentes en el país como a todos los argentinos que mudaron su residencia fiscal a otro destino.

Dicho mecanismo de blanqueo permitirá regularizar cualquier monto sin costo, en caso de que se mantenga el dinero en el sistema financiero con fecha límite hasta el 31 de diciembre de 2025, o se inviertan los dólares en algunas de las colocaciones autorizadas por el Ministerio de Economía.

La   <a href='https://www.cronica.com.ar/tags/AFIP'>AFIP</a> reglamentó el blanqueo de capitales.
La AFIP reglamentó el blanqueo de capitales.

El organismo de recaudación comunicó en su sitio web que no estarán sujetas al pago de impuestos aquellas personas que regularicen cualquier clase de bienes o tenencias cotizadas hasta US$100.000. En tanto, se estableció que el tipo de cambio para determinar la base imponible será de $1.000 por dólar estadounidense

Además, la norma también reglamenta la posibilidad de adelantar el pago de Bienes Personales de 2023 a 2027 con una alícuota de 0,45% por año, lo que beneficia al contribuyente al quedar exento de presentar la declaración jurada hasta 2028.

Para facilitar la exteriorización de los dólares, se prevé que la adhesión al régimen se manifestará abonando el 75% del impuesto que corresponde según los bienes a incluir, para que luego el contribuyente presente una declaración jurada detallando dichos bienes y de esta manera abonar el 25% restante.

Los bienes que pueden exteriorizarse son aquellos en poder del contribuyente hasta el 31 de diciembre del próximo año, acreditándose en la declaración jurada adjuntando las constancias de la tenencia y valuación de los mismos a dicha fecha.

En el caso de exteriorizar dinero en efectivo, deberá ser depositada en una Cuenta Especial de Regularización de Activos, y además, los fondos que no sean transferidos a dichas cuentas tributarán. Dicho dinero deberá ser regularizado hasta el 30 de septiembre de 2024.

Adhesión al blanqueo de capitales: cómo se dividen las alícuotas

•En primera instancia, hasta el 30 de septiembre de 2024 se abonará una alícuota del 5% sobre el excedente de US$ 100.000.

•La segunda etapa implica que hasta el 31 de diciembre de 2024, la alícuota es del 10%.

•Por último, hasta el 31 de marzo de 2025, la alícuota subirá al 15%.

Vale destacar que esta normativa beneficiará al contribuyente con una reducción de 0,5% de la alícuota del impuesto sobre los bienes personales para los períodos 2023, 2024 y 2025, y para aquellos contribuyentes que hayan cumplido con sus declaraciones y pagos en 2020, 2021 y 2022.