La Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP), al mando de Carlos Castagneto, extendió el plazo hasta el 27 de julio para que los monotributistas realicen la segunda recategorización del año.

La medida definirá la categoría y el monto de la cuota que será abonada en los próximos seis meses siguientes. A principios de este mes, la actualización del importe máximo de facturación se vio afectado con el incremento del 41,5%.

El nuevo monto deberá abonarse al mes siguiente a la recategorización. En caso de no hacer el trámite, la AFIP actuará “de oficio” y lo hará de forma automática, para más tarde proceder a la aplicación de sanciones al contribuyente.

Las nuevas escalas de facturación desde julio.

En esa ocasión, la AFIP notificará la recategorización bajo un comunicado al Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) el primer día hábil de los meses de agosto y febrero de cada año.

Según el sitio web del organismo, la recategorización "es la evaluación de parámetros que deben realizar las y los monotributistas para saber si deben mantener la categoría en la que se encuentran o deben modificarla. Si dichos parámetros superen o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización".

Monotributo: ¿Cómo hago para recategorizarme?

Para iniciar con el proceso de recategorización, es necesario ingresar al portal Monotributo teniendo en mano el CUIT y clave fiscal.

El paso siguiente consistirá en seleccionar la solapa "recategorizarme" y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro del rango.

Luego, habrá que seleccionar la opción "continuar recategorización", completando con la información respecto al monto facturado en los últimos 12 meses, y una vez establecidos los datos se deberá darle “confirmar categoría”. El paso final consistirá en imprimir la nueva credencial.

Monotributo: ¿Cuáles son los nuevos montos?

•Categoría A: $5750,75, para los que venden bienes y que ofrecen servicios.

•Categoría B: $6430,38 para todos los pequeños contribuyentes.

•Categoría C: $7351,10 en servicios y $7226,83 para la venta de productos.

•Categoría D: $9245,06 en servicios y $9040,47 los que venden productos.

•Categoría E: $12.776,61 en servicios y $11.629,37 venta de cosas muebles

•Categoría F: $15.712,40 en servicios y $13,856,32 para los que venden productos.

•Categoría G: $18,347,44 para servicios y $15.855,59 para los que venden productos.

•Categoría H: $31.347,16 para servicios y $26,743,66 para los que venden bienes

•Categoría I: $38.464,47.

•Categoría J: $44.390,28.

•Categoría K: $50.717,92.