En las últimas horas, la ex jueza Ana María Figueroa reclamó volver a asumir su puesto como jueza de la Cámara Federal de Casación Penal, en una nota que le envió al Consejo de la Magistratura, al que le pidió además el cobro del sueldo retroactivo a septiembre, luego de que la Corte Suprema dispusiera que dejara su cargo.

En ese marco, planteó que fue víctima de discriminación de género y que hubo un “acto ilegal” de parte del máximo tribunal al dejarla cesante cuando cumplió 75 años, la edad máxima que la Constitución establece para que los jueces se jubilen, sin haber conseguido acuerdo del Senado para seguir en el cargo.

Cabe destacar que Figueroa reclamó en su nota dirigida a la Comisión de Selección del Consejo de la Magistratura que se dispongan “los medios necesarios para que se ordene” su restitución, consideró que su continuidad fue “turbada de facto por una simple resolución administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, y planteó: “Se culminó el trámite constitucionalmente previsto y obtuve un nuevo nombramiento para mantenerme en mi función jurisdiccional”.

Los jueces de la Corte Suprema de la Nación la cesantearon del cargo.

La expresidenta de la Cámara Federal de Casación Penal, además de pedir la restitución al cargo que actualmente ocupa Mariano Borinsky, reclamó que “se ordene el pago de los salarios, retroactivos y derechos laborales que fueron suspendidos desde el 1° de setiembre de 2023″, consigna la agencia NA.

¿Por qué se dispuso que dejara su cargo?

Figueroa cumplió el 9 de agosto pasado 75 años, la edad máxima que establece la Constitución Nacional para ejercer el cargo. La excepción es que el Senado le dé un nuevo acuerdo para continuar cinco años más. Al momento de su cumpleaños, Figueroa tenía el acuerdo pedido por parte del presidente de la Nación, Alberto Fernández, pero no estaba aprobado. Y a través de una resolución, la Corte Suprema la cesanteó en el cargo.

El máximo tribunal dijo que si un juez el día antes de su cumpleaños 75 no tenía aprobado el acuerdo debía dejar el cargo. “Al no prever la norma plazo de gracia alguno, el nombramiento debe ser anterior al día en que el magistrado alcance la edad referida; de lo contrario, no habría límite temporal para la realización de ese nuevo nombramiento, con la absurda consecuencia de que el límite etario se tornaría inoperante”, señalaron los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda.