Alquileres, el debate que sigue fuera del Congreso
Con la sanción de este proyecto los contratos se mantienen en tres años los cuales deberán ser estipulados "en valor único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre el cual podrán realizarse ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses". Cronica.com.ar consultó a fuentes del sector.
Luego de que la Cámara de Diputados convirtiera en ley, por 128 contra 114 votos, el proyecto de reforma de alquileres con los cambios incluidos por el Senado impulsados por el Frente de Todos, con lo cual los contratos entre propietarios e inquilinos se mantendrán por tres años y tendrán una actualización semestral, en lugar de anual como establecía la actual norma, Cronica.com.ar dialogó con representantes de los dos sectores para conocer sus opiniones ante la reforma.
"Esto que han hecho es un disparate. En vez de ayudar a los inquilinos, los van a perjudicar más todavía. La ley queda como está en tres años de vigencia", dijo a este medio Armando Pepe, referente inmboliario y ex presidente del Colegio Inmobiliario de la Ciudad de Buenos Aires (CABA).
"Modificaron el ajuste cada seis meses en vez de una vez por año, y cambiaron el índice. En vez del índice del Banco Central tiene el índice Vivienda, que es el que se usa para ajustar los créditos Procrear. Esto va a perjudicar más a los inquilinos porque habrá menos vivienda en ofertas de alquiler", consideró.
En esa línea, Diego De Nichillo de De Nichillo Propiedades, manifestó: "Con relación a la modificación de la ley de Alquileres, pienso que es una formalidad lo que se hizo porque no va a resolver la cuestión de fondo, que es la prácticamente inexistente oferta de propiedades. Estamos en un índice inflacionario anual de aproximadamente entre un 120% y un 150%, y creo que con ese elevado valor inflacionario es muy difícil levantar una nueva ley de Alquileres que mejore ambas partes".
Por otro lado, destacó: "Que cambie el incremento tampoco mejora el problema de fondo. Y finalmente sobre el índice propuesto también que es un índice casa, el valor es menor al actual, o sea que no entiendo cuál es la mejora. En mi opinión, cada vez que el Estado intervino cuestiones particulares, generó esto.
"Entiendo que propietarios e inquilinos seguirán peleándose. El inquilino ante una necesidad de poder alcanzar una vivienda. Es la primera vez en la historia argentina que un asalariado no accede a un alquiler, es algo que pasa pero escucharlo realmente es muy fuerte", concluyó.
Cabe destacar que la iniciativa fue aprobada por los votos del oficialismo y otros diputados del interior del país que adhirieron a la propuesta, mientras que fue rechazada por Juntos por el Cambio y los tres libertarios que responden al economista Javier Milei.
La respuesta de los inquilinos
Consultado por Cronica.com.ar, Gervasio Muñoz, presidente de la Federación de Inquilinos Nacional, manifestó: “La pelea que dimos las organización inquilinas contra el loobby del mercado inmobiliario fue enorme pero dió resultados. La ley que se aprobó en el Congreso también va a ser resistida por las inmobiliarias del país. Por lo tanto ahora, de manera urgente, exigimos que el ministro de hábitat, Santiago Maggiotti, responda a nuestros pedidos de reunión y nos informe qué va a ser para que la ley se cumpla”.
En tanto que Tamara Lescano de Inquilinos Agrupados, sostuvo: “La ley de alquileres entrará en vigencia en pocos días cuando el presidente la promulgue y mientras tanto todo contrato que se firme es bajo la ley con actualización anual. Luego, el único cambio que habrá es que todo contrato nuevo será con una actualización semestral”.
¿Cómo quedará ahora la ley de Alquileres?
Con la sanción de este proyecto, los contratos se mantienen en tres años los cuales deberán ser estipulados "en valor único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre el cual podrán realizarse ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses".
También, el Senado modificó el mecanismo de actualización del precio de los alquileres y estableció que "los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el Indec y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), publicado por el BCRA".
El texto aprobado por el Senado, además, incorporó un último párrafo sobre el artículo 9, en el que determinó que "los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo".
También fija que cualquier "publicidad, en cualquier medio o plataforma, que incluya precio de locaciones de inmuebles con destino habitacional debe realizarse en moneda nacional” y elimina la posibilidad de los pagos a inquilinos por adelantado.
¿Qué beneficios tendrá?
En cuanto a los beneficios impositivos los propietarios no pagarán bienes personales sobre los inmuebles que se pongan en alquiler. Tampoco pagarán el impuesto al cheque en las cuentas bancarias destinadas a cobrar esos contratos que se encuentren "debidamente registrados" ante la AFIP.
Además las "partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación”.
En cambio, el texto con media sanción de Diputados establecía que los contratos de alquiler debían tener un plazo mínimo de dos años, contra los tres años que rigen en la actualidad, y que los ajustes podían hacerse cada cuatro meses con la libertad de ambas partes para elegir el mecanismo a emplear para calcular el porcentaje entre varias fórmulas o índices.