ANSES paga con aumento $38.940 a un grupo de 18 a 65 años: ¿Cómo saber si puedo cobrarlos y desde cuándo?
Se trata del Programa Acompañar, destinado a mujeres y personas de la comunidad LGBTIQ+ que sufren violencia de género. Más detalles la nota.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) comenzará a pagar con aumento un programa que está dirigido a mujeres y personas de la comunidad LGBTIQ+ que sufren violencia de género.
Se trata del Programa Acompañar, que es impulsado desde el Ministerio de Géneros y Diversidad, con el objetivo de proveer de una asistencia a este grupo de personas y permitir su autonomía económica.
Con el aumento confirmado el pasado miércoles del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMV), la suba impactó de forma directa en el incremento de algunos programas que dependen de su actualización, como es el caso del Programa Acompañar.
El acuerdo, definido en una reunión del Consejo Nacional del Salario Mínimo, organismo tripartito que cuenta con participación de cámaras empresariales, asociaciones sindicales y el Estado, definió el aumento del salario mínimo en un 45% para lo que resta del año, a pagarse en cuatro tramos.
De esta manera, el segundo incremento del año para el Programa Acompañar será del 18% y desde abril las beneficiarias del Programa Acompañar recibirán $38.940.
Por su parte, el aumento del Salario Mínimo, Vital y Móvil permitirá un aumento para los beneficiarios del plan Potenciar Trabajo.
Cómo saber si me corresponde cobrar el Programa Acompañar
Con el CUIL, podés chequear si cobrás alguna prestación que entrega el organismo previsional en https://servicioswww.anses.gob.ar/dondecobrov2.
Requisitos para acceder al Programa Acompañar:
- Lo cobrarán mujeres y personas LGBTIQ+ en situación de violencia de género.
- No se precisa presentar denuncia.
- Quienes lo soliciten deberán tener entre 18 y 65 años.
¿Qué prestaciones no son compatibles con este plan?
- Ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, monotributo y régimen de autónomos (excepto monotributo social).
- Subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgada por el Estado nacional.
- Jubilaciones, Pensiones o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Pensión Universal para el Adulto Mayor dispuesta por el Decreto N° 894/2016.