ANSES paga $38.940 desde el viernes a un grupo de 18 a 65 años: ¿Cómo se puede acceder?
A través del Programa Acompañar, que apunta a mujeres y personas de la comunidad LGBTIQ+ que son víctimas de violencia de género, se puede cobrar este monto con la suba que recibirá el plan en abril. Detalles, en la nota.
La Administración Nacional de la Seguridad Social comenzará a pagar con aumento desde el próximo viernes 1 de abril el Programa Acompañar, destinado a mujeres y personas de la comunidad LGBTIQ+ que sufren violencia de género.
Se trata de un plan que es impulsado desde el Ministerio de Géneros y Diversidad, con el objetivo de proveer de una asistencia a este grupo de personas en situación de vulnerabilidad y permitir su autonomía económica.
Con el aumento del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), este programa recibirá la misma suba y en los mismos meses estipulados, que será del 18% en abril, un 10% en junio, otro 10% en agosto y un 7% en diciembre.
De esta manera, el segundo incremento del año para el Programa Acompañar será del 18% y desde abril las beneficiarias del Programa Acompañar recibirán $38.940.
El plan deberá después subir en junio a $42.240, en el mes de agosto a $45.540 y, finalmente en diciembre de 2022 a $47.850.
Por su parte, el incremento sobre el Salario Mínimo, Vital y Móvil también impactará en otras prestaciones que paga ANSES, como es el caso de plan Potenciar Trabajo.
Requisitos para acceder al Programa Acompañar y cobrar $38.940 desde abril
- Ser mujer o LGBTIQ+ y encontrarse en situación de violencia de género.
- Tener entre 18 y 65 años.
- No se precisa presentar denuncia.
¿Cómo acceder al Programa Acompañar?
La forma de anotarse al programa no es mediante un formulario online, sino a través de las unidades de acompañamiento. Se puede consultar el listado completo de estos centros en este enlace.
También puede comunicarse con la Línea 144 para recibir información, a través de un llamado al 144, escribiendo por WhatsApp al 1127716463 o por mail a [email protected].
¿Qué prestaciones no son compatibles con este plan?
- Ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, monotributo y régimen de autónomos (excepto monotributo social).
- Subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgada por el Estado nacional.
- Jubilaciones, Pensiones o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Pensión Universal para el Adulto Mayor dispuesta por el Decreto N° 894/2016.