Menos mal que la jueza es mujer. Un hombre que abusó sexualmente de la hija de su pareja durante tres años en la vivienda que compartían en la ciudad de Coronel Vidal fue condenado a tres años de prisión tras la validación de un acuerdo de juicio abreviado en el Tribunal Oral en lo Criminal 3. La pena impuesta a Héctor Rodríguez será de cumplimiento condicional, como acordaron por las partes.

En la investigación a cargo del Ministerio Público Fiscal y en las presentaciones realizadas en las distintas audiencias quedó establecido que entre 2016, cuando la víctima contaba con 13 años de edad, y enero de 2019, Rodríguez abusó sexualmente de la menor de manera reiterada. En más de una oportunidad, amenazó con matar a su madre y al hermano si contaba algo de lo sucedido.

Los abusos quedaron al descubierto luego de que el hermano de la víctima viera a la menor con el padrastro en una habitación y le contó lo sucedido a la madre. La mujer se presentó en la Comisaría de la Mujer y Familia de Mar Chiquita y denunció lo relatado, por lo que se puso en marcha una investigación.

Los informes médicos y la contundente declaración que logró dar la víctima despejaron cualquier tipo de duda acerca de los hechos ocurridos y de la responsabilidad del imputado en estos. "El relato de la niña es veraz, claro, con predominio de sentido de realidad, sin presentar fracturas en su discurso, espontáneo y no contaminado de opiniones de terceras personas", dijo una de las profesionales que la entrevistó.

En la sentencia, a la que tuvo acceso 0223, la jueza Mariana Irianni descartó cuestiones eximentes de la responsabilidad penal, valoró como atenuante el buen concepto que se presume en defecto de la realización del informe y la ausencia de antecedentes criminales. No consideraron agravantes porque no fueron presentados por las partes.

Tras calificar a los hechos como constitutivos del delito de abuso sexual con acceso carnal cometido contra una menor de 16 años, aprovechándose de su inmadurez sexual en razón de la mayoría de edad del autor, lo condenó a tres años de prisión.

La pena impuesta a Rodríguez será de ejecución condicional mientras se someta al control del Patronato de Liberados y constituya domicilio. Durante el tiempo de condena no podrá acercarse o tener contacto por cualquier medio con la víctima y su grupo familiar conviviente y deberá someterse a un tratamiento psicológico previo dictamen de profesional del área que acredite su necesidad y su eficacia.