Juan Ignacio Buzali, marido de Carolina Píparo está detenido desde el 9 de enero último, luego de que la fiscal Eugenia Di Lorenzo le imputara el delito de "doble homicidio en grado de tentativa" en perjuicio de los dos motociclistas que atropelló -según la versión de Buzali y Píparo- al confundirlos con "motochorros" que los habían asaltado previamente.

Buzali, en su declaración indagatoria, afirmó que "lo que pasó fue un infortunio y un accidente", que "jamás" quiso "lastimar a nadie", y que al momento del hecho estaba "nervioso, abrumado y temeroso" pero "no enojado" ni alcoholizado.

Ante la situación judicial referida, los siguientes son los puntos de las pericias a las que fue sometido.

PUNTOS DE PERICIA

Se determine qué clase de personalidad posee el Sr. Buzali Juan Ignacio;

Si el Sr. Juna Ignacio Buzali resulta peligroso para sí y/o para terceros;

Si el Sr. Juan Ignacio Buzali tiene rasgos o un trastorno de personalidad; o por lo contrario una personalidad normal o pertinente:

Si el Sr. Juan Ignacio Buzali tiene problemas en el control de los impulsos o por lo contrario se ha manejado toda su vida en forma estable o normal;

Si detenta antecedentes psicológicos o neurológicos o psiquiátricos de violencia personal;

Si puede haber padecido problemas o injurias personales que generen estrés crónico y/o estrés postraumático;

Si el Sr. Juan Ignacio Buzali ha padecido eventos vitales graves que condicen una emoción violenta ante la repetición de la misma;

Si es una persona vulnerable como consecuencia de haber padecido una situación violenta o grave;

Si el Sr. Juan Ignacio Buzali tiene riesgo inminente para sí o para terceros.

 Si ha tenido injurias vitales sufridas por familiares que condicionen una respuesta defensiva y/o emoción violenta;

 Si ha padecido la afección y/o pérdida de un familiar primario en una instancia similar repetida a la padecida en Litis, que pongan al causante en condición de vulnerabilidad.

 Si ante un evento de estrés agudo pero repetido puede disminuir la capacidad sensorial en el momento de hecho;

Y todo otro dato de interés sobre el estado mental y/o emocional del nombrado.

En tanto, según explicó una fuente de la investigación a cronica.com.ar la "metodología empleada es una entrevista clínica psicológica individual semidirigida, con técnicas de evaluación psicológica y lectura de las actuaciones remitidas".

"Se considera como metodología propia del Informe Psicológico Pericial el análisis del discurso que produjere el peritado bajo las condiciones controladas de la situación de examen, al cual se integran los datos obtenidos de la evaluación psicológica. De las recurrencias y convergencias de indicadores obtenidos en el proceso evaluativo, se extraen las conclusiones que permiten responder a lo solicitado", indicó el especialista ante nuestra consulta. Más tarde, las personas involucradas en los estudios realizaron la denominada "Presentación de la persona evaluada y psicobiografía de su historia vital".  "En ésta se vierten un conjunto de datos y referencias brindadas en el relato que el examinado hiciera sobre su pasado y presente", indicó la fuente citada al respecto.

Luego de exponer las declaraciones personales del acusado y detenido, se hizo referencia en relación a los hechos que originaron la presente causa "repite su versión de los hechos de acuerdo a la declaración que obra en causa, manteniendo una posición exculpatoria recalcando el temor que sintió por el riesgo de perder su vida y, fundamentalmente, que le suceda algo a su esposa. Expresa angustia, impotencia y preocupación por su situación de detención".Consideraciones y conclusiones psicológicas: detalles exclusivos del informe

"El entrevistado se presentó aceptando el encuadre propuesto, mostrándose colaborador para brindar información sobre aspectos de su historia de vida, como también con la tarea propuesta.

Su discurso sigue un orden lógico y coherente desde el punto de vista formal, sin alteraciones en el curso y/o contenido. Se expresa a través de un lenguaje claro, acorde a su nivel sociocultural, con resonancia afectiva en relación a las distintas circunstancias de su historia de vida, fundamentalmente en relación al acontecimiento sucedido en el año 2010.

En el Sr. Juan Ignacio Buzali no se observan trastornos del contenido del pensamiento. La asociación de ideas es ordenada con una adecuada subordinación de las ideas secundarias a la principal, resultando un discurso claro y preciso.

Del análisis de los aspectos semánticos y sintácticos de su discurso se desprende una capacidad intelectual correspondiente a la normalidad en sus estratos medio, habiendo alcanzado el nivel de pensamiento abstracto.



Su comprensión y discernimiento son apropiados conforme a criterio de realidad, lo que posibilita descartar patología psíquica del orden de las psicosis. Puede distinguir entre lo lícito e ilícito de una conducta humana. La atención y la sensopercepción están conservadas, no presenta ningún tipo de ideación de jerarquía patológica, al momento de la presente evaluación.

De la técnica administrada, y en contraste con el análisis de sus argumentaciones se puede resaltar que es portador de una personalidad con rasgos de inmadurez, con escasa autocrítica sobre sus conductas. Se devela de su producción gráfica la presencia de un “yo” que teme la irrupción de sus impulsos hostiles, hallándose indicadores de hipercontrol de sus impulsos. Esto puede provocar que en situaciones de estrés emocional, sus mecanismos defensivos fallen, y prevalezcan las conductas de acción por sobre los actos razonados.

Se recomienda el inicio de un tratamiento psicológico individual ambulatorio como medio para resolver los conflictos que fueron establecidos y expresados en el desarrollo de esta pericia psicológica. Es todo cuanto podemos informar a Ud., a quien saludamos respetuosamente"
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