Crimen de Fernando Báez Sosa: Máximo Thomsen cambió de abogado
Luego que Casación confirmara las condenas, la familia del rugbier decidió abandonar la representación de Hugo Tomei, al igual que lo hizo Matías Benicelli.
Luego que se confirmaran las penas para los rugbiers por el crimen de Fernando Báez Sosa, en donde cinco de los acusados cumplen prisión perpetua y tres enfrentan una pena de 15 años de cárcel, Matías Benicelli, fue el primero de los condenados en decidir abandonar la defensa de Hugo Tomei y cambiar de abogado. A este le siguió los pasos, Máximo Thomsen que contrató al abogado Francisco Oneto, para que lo represente.
Thomsen, condenado a prisión perpetua por el crimen de Fernando ocurrido en la ciudad balnearia de Villa Gesell, en enero de 2020, decidió abandonar la representación de Tomei que los defendió durante el juicio en el 2022.
En ese contexto, la familia de Thomsen eligió como abogado a Francisco Oneto, con fuerte presencia en los medios y en YouTube, que además en 2023 fue candidato a vicegobernador por La Libertad Avanza (LLA).
Asimismo, acompañó en aquella fórmula a Carolina Píparo, actualmente diputada de la Nación.
Cabe destacar que la Justicia condenó a prisión perpetua a Máximo Thomsen por el crimen de Báez Sosa, como coautor de “homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por alevosía, en concurso ideal con lesiones leves”.
No obstante, Matías Benicelli, fue el primero de los rugbiers condenados a prisión perpetua que decidió cambiar de abogado, y dejó la defensa de Tomei para apostar por la representación de Carlos Attías, luego del fallo de Casación.
Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Luciano Pertossi también recibieron la condena prisión perpetua.
Mientras que a Ayrton Viollaz, Blas Cinalli y Lucas Pertossi les dieron 15 años en primera instancia. Las penas fueron confirmadas según lo resolvió el Tribunal de Casación bonaerense. Las partes tienen 10 días para apelar.
El Tribunal de Casación revisó la sentencia dictada por el Tribunal nro. 1 de Dolores. La Sala II del TCP si bien corrigió la calificación impuesta, porque consideró que no se constató la calificante de alevosía, mantuvo las mismas penas por las que llegaron condenados los ocho rugbiers.
En un fallo de 173 paginas al que tuvo acceso Crónica los jueces consideraron que el homicidio de Fernando fue realizado con premeditación por parte de los imputados. Pero en cuanto a la alevosía los Jueces de la Sala II de Casación consideraron que no estaban probadas las exigencias de la norma penal por lo que se quitó esa agravante.
Como se mantuvo la agravante de la premeditación la pena es la misma. El Código solo prevee la prisión perpetua para estos delitos.
“Esta vez, lo que el pronunciamiento impugnado se encargó de detallar con insistencia, fue el inusitado nivel de cruel brutalidad, demostrado por prueba conducente correctamente ponderada en ese sentido. Queda descartada entonces la hipótesis del a quo en torno a que, recién cuando la víctima cae indefensa, comienza el dolo de matar. Si bien se mira, la corrección casatoria explicada antes tiene como base, ni más ni menos, que la mismísima descripción de los acontecimientos formulada por el fallo”, argumentaron.
Y añadieron: “En dicho fallo, cuando las citas probatorias sin esfuerzo conducían lógica e inexorablemente al corolario de una decisión originaria de los acusados de desplegar contra la víctima una acción con capacidad y eficacia matadora, inexplicablemente, en cambio, el veredicto se desvía hacia la ya mentada distinción en la que propone una actitud inicial menos grave, luego renovada hacia la búsqueda del deceso”.