Condenaron a nueve años de prisión al periodista Eugenio Veppo por atropellar y matar
En un fallo unánime, el TOC 14 lo consideró autor de los delitos de "homicidio simple y lesiones graves con dolo eventual" por la muerte de la agente de tránsito Cinthia Choque y por las heridas sufridas por su compañero Santiago Siciliano.
El periodista Eugenio Veppo fue condenado hoy a 9 de prisión por haber atropellado con su auto y matado a una inspectora de tránsito y por herir a otro en el barrio porteño de Palermo en septiembre de 2019.
En un fallo unánime, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 14 consideró a Veppo autor de los delitos de "homicidio simple y lesiones graves con dolo eventual" por la muerte de la agente de tránsito Cinthia Choque (28) y las heridas sufridas por su compañero Santiago Siciliano (32).
La última audiencia del juicio oral celebrado por el Tribunal Oral N°14 con los jueces Domingo Altieri, Hugo Cataldi y Silvia Mora, comenzó a las 10 de la mañana.
Además de la condena, Veppo quien siguió la sesión a través de videoconferencia por Zoom desde una computadora en sala del penal de Ezeiza, donde se encuentra detenido desde su arresto, fue inhabilitado a conducir por diez años. Es así que deberá entregar su registro, su Volkswagen Passat será decomisado y puesto a disposición de la Corte.
También se decidió que se extraigan testimonios para una nueva causa que deberá definir si Alberto Aznar, amigo de Veppo que lo acompañaba al momento del hecho, cometió un delito de acción pública.
Cabe destacar que Andrés Gramajo, representante de la familia Choque, había solicitado una condena de 15 años de prisión para el periodista, " el decomiso" del auto con el que el periodista causó la tragedia y que se lo inhabilite por 10 años para conducir.
En tanto, los abogados defensores Diego Szpigiel y Claudia Clementi habían pedido la pena mínima de un "homicidio culposo".
El fatal accidente ocurrió alrededor de las 3.35 del domingo 8 de septiembre de 2019, cuando el periodista conducía su Volkswagen Passat “incumpliendo la reglamentación vigente al transitar a una velocidad elevada (no menos de 130 kilómetros por hora) que excedía la máxima permitida en este tramo de la avenida Figueroa Alcorta -que es de 70 km/h- y zigzagueando temerariamente”, según consta en el expendiente. Varios testigos indicaron que había bebido vino y whisky.
Además, el documento sostiene que Veppo sostenía esa velocidad para “rebasar tanto por izquierda como por derecha a los automotores que circulaban por la misma senda, presuntamente luego de haber ingerido alcohol y/o drogas”.