Jubilados: el consultorio de Crónica
El doctor Fernando Rampazzo responde a las preguntas de los adultos mayores. Mandá tus consultas a [email protected].
1) Mi atención virtual sigue en proceso hace varios meses ¿qué debo esperar?
La atención Virtual tiene tres estados:
- En proceso: son aquellos que se encuentran en tratamiento actual.
- Necesitan información: en los casos que un operador de ANSES te solicite una respuesta para continuar el trámite.
- Finalizados: donde se visualiza tu historial de trámites realizados y desde donde podrás descargar la constancia de los mismos en los casos que fuera posible.
2) Para afiliarme al PAMI, ¿lo tengo que hacer de forma presencial?
Para afiliarte al PAMI no es necesario acercarte a una oficina, lo podés hacer de manera virtual mediante la página web https://www.pami.org.ar/tramite/afiliacion
Donde te van a solicitar cargar, foto de DNI, tu número de beneficio, recibo de tu haber y CODEM.
Una vez cargado todo te llegara por mail, tu credencial y cartilla de prestación.
3) Tengo un retiro por invalidez, ¿es verdad que me vuelven a citar dentro de un tiempo a revisación médica?
El beneficio de retiro por invalidez es una prestación transitoria al momento que se la otorgan. Transcurrido los tres años desde la revisación médica, serás citado nuevamente a una junta médica por parte de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
4) Mi mamá tiene iniciada su jubilación, ¿cómo se entera del estado de su trámite?
Para poder visualizar el estado de su trámite, deberá acceder a la página de MI ANSeS, ingresado a https://www.anses.gob.ar/informacion/mi-anses con su CUIL y Clave Social. Luego tendrá que entrar a la solapa “ Jubilados y Pensionados”- Consulta de Expedientes.
5) Trabajo como empleada doméstica, fui a iniciar mi jubilación y me dicen que mi empleador debe firmar unos formularios, ¿es correcto?
Cuando usted posee aportes en el régimen de Servicio Doméstico, ANSeS al momento de iniciar su jubilación le requiere unos formularios con firma certificada por parte del Dador de Trabajo.
6) Tengo 65 años, resido en el país hace 10 años y no me puedo jubilar, ¿por qué?
Para poder jubilarte debes tener 30 años de aportes, 60 años de edad en las mujeres y 65 años en el hombre. En caso de no poder cumplir con el requisito solicitado por la Ley 24.241.
Si no posee 30 años de residencia en el país, nunca va a llegar a completar el requisito de aportes. Solo va a poder obtener un beneficio previsional cuando tenga 65 años de edad y 20 años de residencia o en el caso de ser naturalizado 10 años en el país.
7) ¿Cuánto dinero le puede pedir prestado cada jubilado o pensionado a la ANSeS?
Los préstamos de ANSES pueden ser de $ 5.000 como mínimo y de $ 200.000 como máximo. Pero no todos los jubilados y pensionados están en condiciones de solicitar el monto más grande. Cada beneficiario tiene un límite de crédito particular, que depende en última instancia de cuánto cobra cada mes. La regla es que la cuota a pagar no podrá exceder el 20% del ingreso mensual de la persona.
Los Créditos ANSeS se otorgan con planes de pago a tasa fija que llegan a cinco años de duración. Al pedir el préstamo, el adulto mayor puede elegir esquemas de devolución en 24 cuotas mensuales (2 años), en 36 cuotas (3 años), en 48 cuotas (4 años) o en un máximo de 60 cuotas (5 años).