La inflación de los alimentos viene superando al promedio general de precios y el gobierno nacional renovó ayer el listado que fija referencias para 18 categorías de productos minoristas. En esta oportunidad, se aplicaron aumentos del 2 al 6% promedio en los Precios Máximos que incluyen comida, bebidas, artículos de higiene y limpieza.

En paralelo, se renovó hasta diciembre el programa Precios Cuidados, con subas promedio del 5%. La gran novedad es que se incorporaron algunos áptos para celíacos. En tanto, se eliminación de algunos vinos, arroz, mayonesa y jabón en polvo, entre otros.

Tras extender al 31 de octubre próximo la vigencia del programa Precios Máximos que ya cuenta con 2.300 productos, la Secretaría de Comercio Interior estableció nuevos precios máximos a través de la Disposición 14/20920 de la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores, publicada esta mañana en el Boletín Oficial.

El último aumento que se aplicó sobre Precios Máximos fue en julio. En agosto, de acuerdo con Índice de Precios al Consumidor del Indec, la inflación fue del 2,7% en el país pero el rubro de los alimentos, un sector que incrementó sus ventas desde marzo con el inicio de la pandemia del coronavirus, fue del 3,5%.

El analista económico y director de Focus Market, Damián Di Pace, aseguró a Crónica que Precios Máximos "es una medida que se esperaba que sea por la cuarentena y que se extendió por la pandemia. Se va renovando y ahí hay un problema. Ahora hay que prestar atención a ver cómo se comportan las empresas porque esta modalidad genera incertidumbre. Lo que empieza a suceder es que las cuentas no dan y si la rentabilidad de su producción no es la necesitan, se puede haber algún desabastecimiento". 

En tanto, la norma publicada esta mañana determinó “nuevos precios máximos” para distintas categorías de productos, “los cuales tendrán la variación porcentual máxima que se establece”.

Precios máximos, por categoría 



La normativa habilita aumentos del 2% para dulces y endulzantes; leches y sus derivados; aceites que no sean de girasol; sopas, caldos, puré, aderezos, condimentos y snacks.

También permite incrementos del 3% para alimentos congelados; bebidas; conservas, chacinados y encurtidos; artículos de limpieza del hogar, cocina y bazar; papeles higiénicos y de cocina; harinas que no sean de trigo, fideos, galletitas y panificados.



Además, autoriza subas del 4% en alimentos para mascotas; arroz y legumbres; artículos de cuidado personal; infusiones; del 5% en el aceite de girasol y harina de trigo; y del 6% en vinos, espumantes, jugos puros de frutas y yerba.

La disposición indica además que “los precios de los productos que integran las categorías mencionadas se fijarán de conformidad con el porcentaje máximo de incremento autorizado en dicho artículo, aplicado sobre los precios vigentes al 14 de julio último”.